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12 · Área de Práctica

Derecho Migratorio

Servicios de visas y migración para el personal internacional del que depende su operación en México.

Antes de que una empresa mexicana pueda patrocinar una sola visa de trabajo, la empresa misma debe estar inscrita como empleador ante el Instituto Nacional de Migración (INM) — la constancia de inscripción de empleador. Los grupos que lo descubren después de firmar el paquete de reubicación de un ejecutivo pierden semanas en el peor momento posible. Es el primer trámite migratorio que preparamos para cualquier subsidiaria nueva, antes de que alguien tenga boleto de avión.

Las categorías importan más de lo que parece. Un permiso de visitante que no autoriza actividades remuneradas, una residencia temporal ligada al patrocinador equivocado, un técnico que entra como turista a 'supervisar una instalación' — cada uno es un incumplimiento con consecuencias para la persona y para la empresa patrocinadora. Nosotros asignamos a cada encargo la condición migratoria correcta y gestionamos la etapa consular en el extranjero, donde los calendarios de citas de cada consulado suelen fijar el plazo real.

La condición migratoria, además, vence en su propio calendario, indiferente al calendario del negocio. Damos seguimiento a las renovaciones, avisamos al INM los cambios de empleador, puesto y domicilio dentro de los plazos legales, e integramos todo el ciclo al calendario de recursos humanos del cliente — para que nadie descubra una tarjeta vencida en un aeropuerto o durante una inspección.

Qué cubrimos

  • 01Visas de residente temporal (lucrativas)
  • 02Constancia de registro de empleador (IMSS)
  • 03Solicitudes de permiso de trabajo
  • 04Auditoría y cumplimiento migratorio
  • 05Visas de reunificación familiar
  • 06Gestión de renovaciones y cambios de condición