
Propiedad Intelectual
Protegemos la marca y los activos tecnológicos de los que depende su operación.
En México, la marca es de quien la registra primero ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI), no de quien la usó primero en el extranjero. Las empresas que llegan con un nombre consolidado y posponen el registro descubren, con frecuencia, que un distribuidor, un exsocio o un tercero oportunista la registró antes — y recomprarla cuesta mucho más de lo que habría costado registrarla. Nuestra primera instrucción a todo cliente que entra al mercado es la misma: registre antes de anunciar.
La protección no termina con el título. Los derechos de autor y el software se registran ante INDAUTOR, los secretos industriales solo sobreviven si la confidencialidad está documentada y se hace valer, y lo que crean empleados y proveedores pertenece a la empresa únicamente si los contratos lo dicen conforme a la ley mexicana — las cláusulas extranjeras de work for hire no se traducen solas. Diseñamos la arquitectura de cesiones y confidencialidad para que lo que crea su gente sea realmente suyo.
Cuando aparece la infracción, actuamos en dos frentes: el procedimiento administrativo ante el IMPI — declaraciones de infracción, aseguramientos, multas — y las medidas en frontera, inscribiendo las marcas ante la aduana mexicana para detener mercancía apócrifa en el punto de entrada. La estrategia se elige caso por caso, pero el principio es constante: un portafolio registrado y vigilado cuesta menos que cualquier litigio que evita.
Qué cubrimos
- 01Registro de marcas ante el IMPI
- 02Búsquedas fonéticas y análisis de coexistencia
- 03Contratos de licencia y franquicia
- 04Cesión y transferencia de propiedad intelectual
- 05Gestión de respuestas ante la autoridad
- 06Protección de dominios y activos digitales